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La venta del bolso diminuto de Louis Vuitton: ¿cómo funcionan los derechos de autor en el metaverso?
05/07/2023 0 Comments
|A raíz de la venta en el metaverso del bolso de Louis Vuitton creado por MSCHF, nos preguntamos cómo funciona la propiedad intelectual en este campo.
Hace apenas unos días despertábamos con una sorprendente noticia: «Un bolso microscópico de imitación de Louis Vuitton de color verde fluorescente se ha vendido en una subasta por internet por el considerable precio de 63.000 dólares (unos 58.000 euros)», apuntaban en el medio especializado Fashion Network. A esto, sumaban que «el diminuto accesorio, más pequeño que un grano de sal y que va acompañado de un microscopio para poder verlo, es obra del colectivo artístico MSCHF (un colectivo de arte estadounidense con sede en Brooklyn conocido por sus «creaciones» para mundos virtuales), que se dedica a crear objetos de moda críticos con el consumismo capitalista». Uno de los puntos más destacables es que «el colectivo copió el famoso monograma «LV» y basó el diseño del bolso en un modelo que, en tamaño real, vale entre 3.100 y 4.300 dólares». En pocas palabras, una falsificación vendida por una cantidad elevadísima en el metaverso.
Al instante, se han dibujado varias preguntas en nuestra mente. Aspectos que, debido a su reciente aparición, quizá no están tan trabajados a nivel legislativo. La web de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) intenta dar respuesta a la duda sobre propiedad y metaverso. ¿Debe el Derecho adaptarse al metaverso o debe el metaverso adaptarse al Derecho?, se pregunta la organización. Los expertos señalan que la legislación está luchando por regularidad la situación «para proteger a los usuarios cuando interactúan en este mundo virtual y para salvar la brecha que parece existir entre la realidad y la ley».
Para comprender más acerca de la propiedad intelectual, es esencial conocer que estas leyes «protegen, entre otros, a los autores, inventores, productores, diseñadores y artistas intérpretes o ejecutantes mediante la concesión de derechos exclusivos sobre sus derechos de autor, marcas, patentes, diseños industriales o secretos comerciales. La reglamentación de los derechos de PI no se centra principalmente en el objeto físico en el que se inserta una obra creativa, un signo distintivo o una innovación técnica, sino en sus aspectos intangibles».
Tras esta explicación, se detalla que «dado que las leyes de propiedad intelectual se ocupan de los elementos intangibles (corpus mysticum) de un objeto, ya sea físico o virtual, la conclusión obvia es que los constructores del metaverso tendrán que respetar los derechos de los inventores, diseñadores y propietarios de signos distintivos igual que en el mundo real. En consecuencia, todo titular de derechos tendrá derecho a perseguir la explotación de su PI en el metaverso, por ejemplo, cuando se adjunte a un bolso o una chaqueta virtual desarrollada para avatares digitales. En el caso de los TNF, la conclusión es similar.».
A esto, los expertos señalan que, lo que se debería hacer es l0 siguiente: «En principio, si queremos utilizar la marca de una empresa en un objeto digital, como un TNF o un elemento del metaverso, tenemos que pedir permiso a su titular». En el caso de MSCHF, según indica el propio colectivo, la aparición de este bolso XXS es una reivindicación clara: «A medida que un objeto que alguna vez fue funcional, como un bolso, se vuelve cada vez más pequeño, su estatus de objeto se vuelve cada vez más abstracto hasta que se convierte en un mero significante de marca». ¿Arte, negocio o todo a la vez?
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Fotos | MSCHF, Unsplash (Kyle Bushnell)